red de sabores

Somos una agencia de comunicación especializada en gastronomía con más de 10 años de experiencia en el sector bajo la marca Revista Gastrónomo

Te ayudamos a gestionar tu KIT DIGITAL.



¿Qué soluciones tenemos para tu empresa?

Creadas para empresas de 1 a 49 empleados financiadas al 100% por el Bono Digital durante 12 meses.

SITIO WEB Y PRESENCIA BÁSICA EN INTERNET.

El principal objetivo de esta categoría es que puedas tener una página web para darte visibilidad en internet.

Diseñamos tu página web a medida y de forma personalizada.

P.V.P. (Financiado al 100%): 2.000€

Importe máximo de la ayuda

  • 0 < 3 empleados: 2.000€
  • 3 < 9 empleados: 2.000€
  • 10 < 50 empleados: 2.000€

GESTIÓN DE REDES SOCIALES.

El principal objetivo de esta categoría es promocionar tu empresa en redes sociales.

Te gestionamos una red social con un mínimo de entre 4/8 publicaciones mensuales.

P.V.P. (Financiado al 100%): 2.000€ (de 0 a 3 empleados)

2.500€ (de 3 a 50 empleados)

Importe máximo de la ayuda

  • 0 < 3 empleados: 2.000€
  • 3 < 9 empleados: 2.500€
  • 10 < 50 empleados: 2.500€

PRESENCIA AVANZADA EN INTERNET.

El principal objetivo de esta categoría es la prestación de funcionalidades y/o servicios que aseguren tu posicionamiento en internet,

Aumentamos el alcance de potenciales clientes e incrementamos el tráfico de visitas.

P.V.P. (Financiado al 100%): 2.000€

Importe máximo de la ayuda

  • 0 < 3 empleados: 2.000€
  • 3 < 9 empleados: 2.000€
  • 10 < 50 empleados: 2.000€

¿Sabes qué es el Kit Digital?

¿Qué es el Kit Digital?

Es un programa de ayudas que pone a disposición el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital cuyo objetivo es financiar los costes de transformación digital de las pequeñas y medianas empresas en todo el territorio nacional.

Qué requisitos necesito para solicitar el Kit Digital.

Ser pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014.

No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del citado reglamento.

Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.

Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.

No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.

No superar el límite de ayudas de mínimos (de pequeña cuantía).

Contáctanos

Si quieres tener más información sobre el KIT DIGITAL y sobre los servicios que te ofrecemos, no dudes en contactar con nosotros, te atenderemos con mucho gusto.